MARCO LEGAL
LEGISLACIÓN GENERAL
LOE (LOE: Ley Orgánica de Educación 2/06 del 3 de Mayo) con las modificaciones de la LOMCE (LOMCE: Ley Orgánica 8/2013, del 9 de diciembre, para
la mejora de la calidad educativa)
CURRÍCULO
Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se
establece el currículo básico de la Educación Primaria.
Artículo
2.
-
Definiciones de: currículo, objetivos, contenidos, competencias, estándares de
aprendizaje, y criterios de evaluación, competencias
Artículo 7. Objetivos generales de
etapa
Artículo 8. Organización
Artículo 10. Elementos transversales
Fomento de la lectura.
Comprensión lectora. Expresión escrita y oral
Comunicación
audiovisual. Tecnologías de la información y comunicación.
Emprendimiento
Educación cívica y institucional
Artículo 11.
Promoción.
Artículo 12.
Evaluaciones.
Decreto 108/2014, de 4 de julio, del Consell, por el que
establece el currículo y desarrolla la ordenación general de la educación
primaria en la Comunitat Valenciana
Artículo 4. Organización de las enseñanzas
Artículo 5. Horario
Arts. 6,7, 9, 21
Artículo
6. Carácter de la evaluación
Artículo
7. Promoción
Artículo
9. Evaluaciones individualizadas
Artículo 21.
Prolongación de la escolarización un año más en la etapa
Artículo 11. Elementos
de las programaciones didácticas
Del 15 al 20, Atención
a la diversidad
Artículo 15. Aspectos
generales de atención a la diversidad
Artículo 16. Plan de
atención a la diversidad e inclusión educativa
Artículo 17. Medidas de
apoyo y refuerzo
Artículo 18. Identificación, valoración e intervención de necesidades
específicas de apoyo educativo
Artículo 19. Alumnado que presenta necesidades educativas especiales
Artículo 20. Adaptaciones curriculares
- Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que
se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los
criterios de evaluación de la educación primaria, la educación secundaria
obligatoria y el bachillerato
Explica Todas las competencias, su significado y alcance.
- Orden del 20 de diciembre de 94 sobre la
educación en valores. (CV)
Regula los valores en la CV con
carácter transversal.
- ORDEN 44/2011, de 7 de junio, de la Conselleria
de Educación, por la que se regulan los planes para el fomento de la lectura en
los centros docentes de la Comunitat Valenciana
Muy citable. Animación lectora, áreas de lengua,
planes de centro.
ORGANIZACIÓN DE CENTROS
- Decreto 233/1997 del 2 de
Septiembre del Gobierno Valenciano por el que se aprueba el Reglamento Orgánico
y Funcional de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de
Educación Primaria.
Explica los órganos colegiados y sus funciones (cuidado
porque algunas como las del director cambian co la LOMCE). Los
órganos colegiados, de coordinación docente.
- Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se
establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas
del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la
educación secundaria.
- RESOLUCIÓN de 15 de julio de 2014, de las direcciones
generales de Centros y Personal Docente, y de Innovación, Ordenación y Política
Lingüística, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se
dictan instrucciones para la organización y funcionamiento en las escuelas de
Educación Infantil de segundo ciclo y
colegios de Educación Primaria durante el curso 2014-2015.
Muy importante. Tener en cuenta que cada año cambia.
Describe documentos oficiales (quién los hace, de que puntos constan, como se apruebam órganos,
coordinación, horarios….
- RESOLUCIÓN de 20 de mayo
de 2014, de la Dirección General de Centros y Personal Docente, por la que se
fija el calendario escolar del curso académico 2014-2015.
Marca el inicio y fin de curso, así como fechas de vacaciones. Cambia cada año.
-
ORDEN 12/2013, de 14 de marzo, de la Conselleria de Educación, Cultura y
Deporte, por la que se fijan los criterios para la determinación de las
relaciones de puestos de trabajo y se publican las plantillas tipo de las
escuelas infantiles (segundo ciclo), colegios públicos de Educación Primaria,
colegios públicos de Educación Infantil y Primaria y centros de educación
especial de titularidad de la Generalitat.
-
ORDEN 45/2011, de 8 de junio, de la Conselleria de Educación, por la que se regula
la estructura de las programaciones didácticas en la enseñanza básica.
- Orden 12 de Septiembre de 2007 por la que se
regula la notificación de las incidencias que alteren la convivencia escolar
enmarcado dentro del Plan de Prevención de la violencia y promoción de la
convivencia en los centros escolares de la CV
- DECRETO 39/2008, de 4 de abril, del Consell,
sobre la convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con
fondos públicos y sobre los derechos y deberes del alumnado, padres, madres,
tutores o tutoras, profesorado y personal de administración y servicios. (CV)
Medidas para la promoción de la
convivencia. Mediación. Derechos y deberes de todos.
Unidades específicas:
Atención integral a alumnos con trastornos permanentes o temporales de la
personalidad o conducta, donde los alumnos reciban una atención especializada
para mejorar su integración social.
Aulas de convivencia:
Tratamiento personal e individualizado como consecuencia de la imposición de
una medida correctiva que le priva del derecho a participar del normal
desarrollo de la escolaridad
- Orden 62/2014 del 28 de Julio por la que se
actualiza la normativa que regula la elaboración de los planes de convivencia
en los centros educativos de la CV y se establecen los protocolos de actuación
e intervención ante supuestos de violencia escolar.
Plan de convivencia: elementos,
estructura. Aprobación (CE)
En anexo se describen u tipifican
los conceptos de acosos escolar, ciberacoso, conductas que alteran de forma
grave y reincidente la convivencia (insultos, amenazas, agresiones, peleas y/o
vandalismo), maltrato. Violencia de género, agresiones al profesorado y/o
personal
- ORDEN 46/2011, de 8 de
junio, de la Conselleria de Educación, por la que se regula la transición desde
la etapa de Educación Primaria a la Educación Secundaria obligatoria en la
Comunitat Valenciana solo para 6º curso
- Decreto 30/2014 del 14 de
febrero por el que se regula la declaración de compromiso familia-Tutor entre
las familias y los centros educativos.
Acuerdo voluntatario entre familias y tutor en situaciones
de compensatoria y/o riesgo o fracaso escolar. Especifica en que aspectos se
centra en EI y EP
NORMALIZACIÓN LINGÜÍSTICA
- LEY 4/1983, de 23 de Noviembre de Uso y Enseñanza del
Valenciano
Establece los territorios castellanos y valencianos.
Obligatoriedad en planes de enseñanza.
- Decreto 127/2012 del
3 de Agosto por el que se regula el plurilingüísmo en la enseñanza no
universitaria en CV
Programas plurilingües,
calendario de implantación.
- ORDEN 88/2014, de 9 de
diciembre, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se
desarrolla el procedimiento de autorización del proyecto lingüístico de centro
establecido en el Decreto 127/2012, de 3 de agosto, del Consell, por el que se
regula el plurilingüismo en la enseñanza no universitaria en la Comunitat
Valenciana.
Proyecto lingüístico: contenido, concepto, criterios para
elección, autorización por la administración. En anexo desglosa las horas de
valenciano, castellano e ingles para cada uno de los programas en la Educación
Infantil.
EVALUACIÓN
ORDEN 89/2014, de 9 de diciembre, de la
Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen los
documentos oficiales de evaluación y se concretan aspectos de la ordenación
general de la Educación Primaria en la Comunitat Valenciana.
Documentos
oficiales de evaluación:
-El expediente académico
-Las actas de evaluación
-Los documentos de
evaluación final de etapa y de tercer curso de Educación Primaria
-El informe indicativo
del nivel obtenido en la evaluación final de etapa
-El historial académico
-En su caso el informe
personal por traslado)
- ORDEN 32/2011, de 20
de diciembre, de la Consellería de Educación, Formación y Empleo, por la que se
regula el derecho del alumnado a la objetividad en la evaluación, y se
establece el procedimiento de reclamación de calificaciones obtenidas y de las
decisiones de promoción, de certificación o de obtención del título académico
que corresponda
-
RESOLUCIÓN de 11 de diciembre de 2014, de la directora general de Innovación,
Ordenación y Política Lingüística, por la que se aprueba la realización de las
pruebas de la evaluación individualizada de tercero de Primaria, y las pruebas
de evaluación de diagnóstico de primero y cuarto de Primaria y de segundo de
Educación Secundaria Obligatoria, del curso 2014-2015, en los centros
educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana, se nombra
a los miembros de la comisión de seguimiento y control, de la comisión técnica
y se dan instrucciones para la elaboración de las pruebas
DIVERSIDAD
- Orden de 14 de julio de 1999, de la Consellería de
Cultura, Educación y Ciencia, por la que se regulan
las condiciones y el procedimiento para flexibilizar, excepcionalmente, la
duración del período de escolarización obligatoria de los alumnos y alumnas que
tienen necesidades educativas especiales derivadas de condiciones personales de
sobredotación intelectual
El alumnado con altas capacidades intelectuales puede adelantar un curso
en primaria y otro en la ESO. También cabe la posibilidad de iniciar primero de
primaria con cinco años o enriquecer el currículo
-
Decreto 39/1998, de 31 de marzo, del Gobierno Valenciano, de ordenación de la
educación para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales
(DOGV 17.04.1998), modificado por el Decreto 227/2003, de 14 de noviembre, del
Consell de la Generalitat
Normativa
base y general para las nee. Educación especial, ACIS
- Orden de 11 de
noviembre de 1994, de la Consellería de Educación y Ciencia, por la que se
establece el procedimiento de elaboración del dictamen para la escolarización
de los alumnos con necesidades educativas especiales.
- Orden
de 15 de mayo de 2006, de la Consellería de Cultura, Educación y Deporte, por
la que se establece el modelo de informe psicopedagógico y el procedimiento de
formalizació
-
Orden 16 de julio de 2001, por la que se regula la atención al alumnado con
necesidades educativas especiales escolarizado en centros de Educación Infantil
(segundo ciclo) y Educación Primaria
Importantísima.
Concepto de ACIS y tipos, protocolos, responsables. Funciones, prioridades,
ratios de PT, AL y educador.
- Orden de 4 de julio de 2001, de la Consellería
de Cultura y Educación, por la que se regula la atención al alumnado con
necesidades de compensación educativa.
Importantísima.
Circunstancias de compensación educativa y medidas. Imprescindible en cetros
CAES, de Compensatoria. Regula aulas hospitalarias y atención domiciliaria.
- Orden
de 21 de noviembre de 2006, de la Consellería de Cultura, Educación y Deporte,
por la que se determinan los criterios y procedimientos para la atención
hospitalaria y domiciliaria del alumnado que requiera compensación educativa en
Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria (DOGV 26.12.2006).
Aulas
hospitalarias y domiciliaria.
-
Instrucción de 12 de mayo de 2014, de la Dirección General de Innovación,
Ordenación y Política Lingüística por la que se regula el funcionamiento de las
unidades pedagógicas hospitalarias ubicadas en hospitales públicos de la
Comunitat Valenciana para el curso 2014/2015.
CRAS
(Colegios Rurales Agrupados)
- Orden
de 15 de mayo de 1997, de la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia, por
la que se regula la constitución de colegios rurales agrupados de Educación
Infantil y Primaria en la Comunidad Valenciana
- Orden
de 10 de mayo de 1999, de la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia, por
la que se adaptan las normas contenidas en el Reglamento Orgánico y Funcional
de las escuelas de Educación Infantil y de los colegios de Educación Primaria a
los colegios rurales agrupados
- Orden
44/2012, de 11 de julio, de la Consellería de Educación, Formación y Empleo,
por la que se regula el régimen aplicable al profesorado que presta servicios
en más de un centro docente público de enseñanza no universitaria de
titularidad de la Generalitat
Concepto de
horario completado (incompleto y completado de modo regular y periódico con el horario disponible de otro
puesto en el mismo centro, localidad o
localidad limítrofe), horario compartido (con carácter regular y
periódico comporta la prestación de un servicio en más de un centro de la misma
localidad) y horario itinerante (con carácter regular y periódico comporta la prestación
de servicios en mas de un centro de distinta localidad)
- Resolución
8 mayo de 2000 por la que se establece el procedimiento de adscripción de los
maestros con destino definitivo, en la constitución de los colegios rurales
agrupados de Educación Primaria e Infantil
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